La ciudad antigua y la ciudad moderna: algunas consideraciones acerca del fenómeno jurídico

El presente trabajo tiene como finalidad mostrar uno de los aspectos a nuestro juicio más notables de las diferentes concepciones que acerca de la vida y del inundo en general y del hombre en particular, poseen el pensamiento antiguo y el pensamiento moderno, respectivamente. Esas diferencias pueden...

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Bibliographic Details
Main Author: Portela, Jorge Guillermo (Author)
Format: Electronic Article
Language:Spanish
Check availability: HBZ Gateway
Interlibrary Loan:Interlibrary Loan for the Fachinformationsdienste (Specialized Information Services in Germany)
Published: 1982
In: Sapientia
Year: 1982, Volume: 37, Issue: 146, Pages: 277-292
Further subjects:B Sociologia
B Ciudades
B Valores Sociales
B Urbanismo
B Calidad De Vida
Online Access: Volltext (kostenfrei)
Description
Summary:El presente trabajo tiene como finalidad mostrar uno de los aspectos a nuestro juicio más notables de las diferentes concepciones que acerca de la vida y del inundo en general y del hombre en particular, poseen el pensamiento antiguo y el pensamiento moderno, respectivamente. Esas diferencias pueden plantearse en el diverso modo de concebir a la ciudad en todas las facetas en las cuales la urbe puede ser considerada, ya sea desde el punto de vista puramente espiritual, como en el estrictamente tectónico 1y las manifestaciones de todo orden que produce el hombre en la ciudad, ya sea que éstas sean de tipo artístico o con fines meramente crematísticos, para citar sólo algunos ejemplos. Ahora bien, la diferencia de concepciones apuntada y sobre todo las comparaciones que podamos realizar a la luz del tema de la ciudad nos indican a todas luces la existencia de una crisis en el pensamiento moderno, en relación con el pensamiento antiguo. Dicha crisis se puede ubicar muy fácilmente en la base misma de lo que se ha dado en llamar el "hombre moderno". Ello así, y como de la ciudad derivan las más importantes instituciones y los más complejos problemas generados por la misma vida societaria del hombre, la crisis a que hicimos referencia abarca indudablemente el Derecho. En efecto, ya desde los romanos nadie discute la ineludible nota de alteridad que posee el fenómeno jurídico, y con ello el necesario carácter social que él mismo posee. La máxima latina atribuida a Hermogeniano ubi homo, ibi societas, ubi societas, ibi ius, debería presentarse constantemente ante los juristas, pues ella indica la conveniente referencia antropológica que siempre ha de primar en todo análisis serio del Derecho...
Contains:Enthalten in: Sapientia