La cosa juzgada en las causas sobre el estado de las personas: evolución histórica, situación actual y perspectivas de desarollo

En el ordenamiento canónico las causas sobre el estado de las personas no pasan nunca a cosa juzgada. Se trata de un particular "privilegio" que constituye una de las singularidades más notables del sistema procesal canónico y cuyo origen comúnmente se atribuye a la decretal "Lator&qu...

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Main Author: Teixidor Viayna, Marc (Author)
Format: Print Article
Language:Spanish
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Published: Ed. Univ. della Santa Croce 2021
In: Dissertationes / Series Canonica
Year: 2021, Volume: 58

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520 |a En el ordenamiento canónico las causas sobre el estado de las personas no pasan nunca a cosa juzgada. Se trata de un particular "privilegio" que constituye una de las singularidades más notables del sistema procesal canónico y cuyo origen comúnmente se atribuye a la decretal "Lator" (X.2.27.7) del Papa Alejandro III (1110-1181). El presente trabajo tiene por objeto corroborar o no este extremo, analizando el origen y el desarrollo histórico de esta derogación de la cosa juzgada en las causas de estado hasta llegar al estudio de su configuración vigente y sus perspectivas de futuro en el derecho provesal canónico. Para ello se realiza un largo recorrido histórico (que arranca en el dercho romano y llega hasta la codificación de 1983) con el que se sientan las bases necesarias para analizar críticamente la justificación, extensión, utilidad las bases necesarias para analizar críticamente la justificación, extensión, utilidad y el régimen procesal de esta derogación de la cosa juzgada en las causas sobre el estado de las personas. Igualmente, pretende subrayarse el modo en que esta institución se relaciona con oltras instituciones procesales como el sistema de impugnaciones, la conformidad entre sentencias o la ejecución. Se presta especial atención de 2015 ha tiendo sobre este principio por el que "nunquam transeunt in rem iudicatam causae de statu personarum". 
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